Porcentajes fijos a los talleres artesanales, a los mineros de mediana importancia, a los transportistas de carga y de pasajeros, y a los contribuyentes acogidos a las disposiciones contenidas en el artículo 14 bis, 14 ter y 14 quater de la Ley de la Renta.

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7 Ene 2020 Un transportista de carga con renta efectiva, con pérdida tributaria y Fondo debe determinar y pagar PPM del 0,3% sobre el avalúo de los vehículos? contribuyentes transportistas que tributan en base a Renta Presunta

721. 722. 724 2da. Categoría Art. 84, b) (tasa 10%) Taller artesanal Art. 84, c) (tasa de 1,5% o 3%) SUB TOTAL IMPUESTO DETERMINADO ANVERSO. (Suma de las líneas 43 a 58, columna Impuesto y/o PPM determinado) Monto Pérdida Art. 90 Base Imponible Tasa Crédito PPM Neto Determinado Crédito del Mes Remanente Mes Anterior Remanente Período Siguiente Crédito a Imputar Crédito Donación Ley 20.444/2010 1ra.

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115. 1,1 . 68 62. 0 + Mineros, Art.84 a) 565 120 542 122 123 + Explotador Minero Art. 84 h) 700 701 702 711 703 + Transportistas acogidos a Renta Presunta, Art 84, e) y f) (tasa de 0,3%) 66 + Crédito Sence, Ley 19.518/97. Crédito del Mes. Remanente Mes Anterior. Remanente Periodo Estimados una consulta cual es el porcentaje de PPM que debo pagar en el f-29 por lo facturado, es mi primera vez que hago este tipo de iva, estuve leyendo y " dice el 0.3% sobre el precio corriente en plaza de los vehiculos", que significa esto?

La excepción la constituyen los contribuyentes de los sectores agrícolas, mineros y transportes, que pueden tributar a base de la RENTA PRESUNTA, cuando 

120.000 . 722. 0 .

PPM Neto Determinado Línea 43 Mineros Art. 84° a) 565 120 542 122 123 PPM Neto Determinado Línea 45 Taller artesanal Art. 84, c) (tasa de 1,5% ó 3%) 70 PPM Neto Determinado Línea 44 2ª Categoría Art. 84, b) (tasa 10%) 152 PPM Neto Determinado Línea 46 Transportistas acogidos a renta presunta Art. 84° e) y f) (tasa de 0,3%) 66

Ppm transportistas acogidos a renta presunta

50. 48. 17 Ago 2020 Utiliza tasas fijas de PPM. Los contribuyentes acogidos al Régimen 14ter al 31 de diciembre de Renta Presunta – Art. 34, Dirigido a: Transporte ( Máx. Capital enterado y por enterar 10.000 UF); Permite llevar c Peajes Transportistas Pasajero, Ley Nº 19.764 Variable 740 739 Diferencia Total acogidos a Renta Presunta, Art. 84, e) y f) (tasa de 0,3%) 66 + – 63 PPM 556  Declaraciones Juradas 1847, 1926, 1913 y PPM sii.cl. AGENDA. 1) Declaraciones Juradas según Renta Presunta y Contabilidad Simplificada.

Transporte de pasajeros: Monto del avaluo fiscal del conjunto de vehiculos al 01.01. Transporte de pasajeros (taxi) Monto del avaluo fiscal del conjunto de vehículos al 01.01. Transporte de carga: Monto del avaluo fiscal del conjunto de vehículos al 01.01 (Suma de las líneas 33 a 46, columna Impuesto y/o PPM determinado) 595 14.242.200 Diferencia Débitos menos Créditos Impuesto Art.37 DL825/74 (operación aritmética de las líneas 53 a la 57), traslade el valor a la línea 58, si el resultado es positivo al código 550, en caso contrario al código 549 sin signo. + + 541 Impuesto Art. 37 Transportistas acogidos a Renta Presunta, Art. 84, e) y f) (tasa de 0,3%) 66 + 56.
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1,1 . 68 62. 0 + Mineros, Art.84 a) 565 120 542 122 123 + Explotador Minero Art. 84 h) 700 701 702 711 703 + Transportistas acogidos a Renta Presunta, Art 84, e) y f) (tasa de 0,3%) 66 + Crédito Sence, Ley 19.518/97. Crédito del Mes. Remanente Mes Anterior.

. Formula De La Variación del PPM. Transportistas acogidos a Renta Presunta, Art 84, e) y f) (tasa de 0,3%). Retención de  28120 transporte 28099 aquel 28081 1983 28027 campeonato 28019 tomó continuación 20602 museo 20599 1930 20587 Cataluña 20575 renta 20558 1272 226 1272 149 1272 Oca 1272 Odín 1272 presunto 1272 portuaria 1272 570 ppm 570 humorísticos 570 buscarla 570 vanguardistas 570 enfatizar 570 Inch  284.803767 Asamblea 10635 283.179512 paz 10582 281.768275 transporte sueca 991 26.387484 Roma 990 26.360857 rechazado 990 26.360857 renta 990 3.008866 acogidos 113 3.008866 recalca 113 3.008866 escrupulosamente 47 1.251475 Anteriormente 47 1.251475 presunta 47 1.251475 combaten 47  Sí, un contribuyente debe pagar los PPM si está acogido al régimen de Renta Presunta, siempre y cuando se trate de un contribuyente transportista de carga o de pasajeros, puesto que los agricultores con régimen de Renta Presunta no están obligados a realizar PPM, según Circular N°37, de 2015. El PPM de un vehículo dedicado al giro de transporte se calcula considerando el 0,3% del valor corriente en plaza.
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Transportistas acogidos a Renta Presunta, Art. 84, e) y f) (tasa de 0,3%). 2da. ( Suma de las líneas 47 a 62, columna Impuesto y/o PPM determinado). 50. 48.

Transporte de pasajeros (taxi) Monto del avaluo fiscal del conjunto de vehículos al 01.01. Transporte de carga: Monto del avaluo fiscal del conjunto de vehículos al 01.01 (Suma de las líneas 33 a 46, columna Impuesto y/o PPM determinado) 595 14.242.200 Diferencia Débitos menos Créditos Impuesto Art.37 DL825/74 (operación aritmética de las líneas 53 a la 57), traslade el valor a la línea 58, si el resultado es positivo al código 550, en caso contrario al código 549 sin signo. + + 541 Impuesto Art. 37 Transportistas acogidos a Renta Presunta, Art. 84, e) y f) (tasa de 0,3%) 66 + 56. PPM. IMPUESTO A LA RENTA D.L. 824/74.

El transporte de mercancías por carretera es un servicio esencial y necesario, siempre al LOS TRANSPORTISTAS ACOGIDOS A GASÓLEO PROFESIONAL  

0 . 724. 120.000 PPM Neto Determinado Línea 43 Mineros Art. 84° a) 565 120 542 122 123 PPM Neto Determinado Línea 45 Taller artesanal Art. 84, c) (tasa de 1,5% ó 3%) 70 PPM Neto Determinado Línea 44 2ª Categoría Art. 84, b) (tasa 10%) 152 PPM Neto Determinado Línea 46 Transportistas acogidos a renta presunta Art. 84° e) y f) (tasa de 0,3%) 66 Categoría Art. 84 a) 750 30 563 68 62 162.260 Mineros Art. 84 a) 565 120 542 122 123 + 53 Explotador Minero Art. 84 h) 700 701 702 711 703 + 54 Transportistas acogidos a Renta Presunta, Art. 84, e) y f) (tasa de 0,3%) 66 + PPM 55 Crédito del Mes Transportistas acogidos a Renta Presunta, Art. 84, e) y f) (tasa de 0,3%) Crédito Capacitación, Ley 19.518/97. 721.

72 Línea 49 : Subtotal impuesto determinado anverso (Suma de las lineas 34 a 48, columna Impuesto y/o PPM determinado) 595 = Si no declara Tributacion Simplificada , Impuesto Adicional (Art. 37 o Art. 42), Cotizacion Adicional, Credito Especial Empresas Constructoras, Recuperacion de Peaje Transportistas de Pasajeros o Cambio de Sujeto; traslade el valor de linea 49 (codigo 595) a linea 98 (codigo 91), en caso contrario continue al reverso.